La Justicia da la razón a la diputada de Infraestructuras de Guipúzcoa frente a la denuncia de los transportistas
La Audiencia Provincial concluye que no existe la prevaricación de la que le acusaban las patronales de transporte por seguir cobrando el peaje de camiones en la N-I y A-15.
La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha confirmado el sobreseimiento libre de la diputada de Infraestructuras Viarias, Aintzane Oiarbide, según informa Europa Press. El Comité Nacional del Transporte por Carretera y por el sindicato Hiru habían acusado a Oiarbide de no acatar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y del Tribunal Supremo y seguir con el canon para el transporte de mercancías en la N-I y A-15.
El Juez de Instrucción número 1 de San Sebastián da la razón a la diputada y desestimado los recursos de apelación formulados por el Comité e Hiru. Según ha dado a conocer la Diputación Foral, la sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa "confirma que no existe prevaricación". El auto es firme y contra él no cabe recurso alguno.
En su auto, la Audiencia recuerda la doctrina jurisprudencial sobre los requisitos del delito de prevaricación y concluye que en este caso (mantenimiento del cobro del canon regulado por la Norma Foral 6/2018 hasta que el BOG de 21/10/2021 publicó el fallo de la sentencia que la anuló) no se aprecian visos de "una actuación contraria a Derecho de manera grosera, arbitraria, no susceptible de ser defendida jurídicamente con apariencia de solvencia", y de hecho la decisión fue adoptada con el respaldo de la asesoría jurídica tanto externa como interna de la Diputación.
La diputada de Infraestructuras Viarias ha mostrado su satisfacción ante el auto de la Audiencia Provincial que "cierra las puertas a cualquier otro recurso y termina con este ataque que tanto el Comité Nacional del Transporte por Carretera como el sindicato Hiru han realizado contra mi persona".
Oiarbide ha recordado que, tal y como aprobó el Consejo de Gobierno Foral en un acuerdo, tanto la Diputación como Bidegi "no han hecho otra cosa que cumplir escrupulosamente con la obligación que les impone la legalidad vigente, y en particular, con la relativa a la ejecución de las sentencias del orden jurisdiccional contencioso administrativo".
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