Los tres puntos de la Ley de la Cadena del Transporte que VOX considera inconstitucionales
La formación ha recurrido al Tribunal Constitucional los apartados que tienen que ver con la nueva y obligatoria carta de porte, la forma da calcular el coste efectivo de cada servicio del transporte y que se tipifique como infracción muy grave pagar al transportista por debajo de este coste que él mismo ha calculado.
Los diputados de VOX han recurrido al Tribunal Constitucional parte de la conocida como Ley de la Cadena del Transporte -el Decreto Ley que el Gobierno aprobó en agosto con el objetivo de que los transportistas no trabajaran por debajo de costes-. En lo que respecta al transporte de mercancías por carretera, la formación considera tres puntos inconstitucionales: el artículo 1.1, que regula cómo es la nueva y obligatoria carta de porte y especialmente lo relativo a que se indique el precio del transporte en la misma; el artículo 1.4, que explica la forma en la que cada transportistas puede calcular de forma individual el coste efectivo del servicio; y el artículo 2.1, sobre la tipificación como infracción muy grave en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres el hecho de pagar al transportista por debajo de este coste que él mismo ha calculado.
El recurso de inconstitucionalidad de VOX también atañe al artículo 10 y al 29 de esta ley, pero esos apartados tienen que ver con el transporte aéreo y con las medidas de ahorro y de eficiencia energética. De momento, el Constitucional ha admitido a trámite el recurso de VOX y es previsible que este Tribunal tarde más de seis meses en decidir si estos puntos son inconstitucionales, según explica una portavoz del órgano.
Carta de porte
El apartado 1 del artículo 1 de la conocida como Ley de la Cadena del Transporte, que VOX considera inconstitucional, es en gran medida el que encierra el espíritu con el que se hizo: dar herramientas para que los transportistas puedan denunciar a sus clientes si les hacen trabajar por debajo de sus costes. Y es que la ley obliga a que transportistas y cargadores formalicen todos sus contratos a través de un documento donde figure, entre otras cosas, el precio del servicio, que debe cubrir los gastos del transportista. Así lo dice la norma: "El precio y los gastos relacionados con el transporte deberán cubrir el total de costes efectivos individuales incurridos o asumidos por el porteador para su prestación. La determinación del coste efectivo podrá realizarse tomando la referencia temporal que mejor se ajuste a las previsiones y estrategia empresarial del porteador". Este documento obligatorio se conoce como carta de porte y su incumplimiento puede ser multado con hasta 1.500 euros.
Eso sí, el Decreto Ley deja claro que el Gobierno no fija unos precios mínimos del transporte -porque eso sería intervenir el mercado- sino que cada transportista debe calcular sus costes. La norma sí que permite que para calcular ese precio individual, los transportistas utilicen la fórmula del observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera elaborado por el Ministerio de Transportes. Eso es precisamente lo que dice el apartado 4 del artículo 1, que VOX también ha incluido en el recurso de inconstitucionalidad.
Infracción muy grave
El último de los apartados que VOX ha recurrido como inconstitucionales en lo relativo al transporte de mercancías por carretera es el apartado 1 del artículo 2. Se trata de una modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres para que incluya como infracción muy grave "el pago al transportista efectivo de un precio inferior al total de costes efectivos individuales incurridos o asumidos por él".
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