El transporte frigorífico canario, exento de pasar la revisión de frío hasta finales de 2024

El Ministerio de Industria aplaza la obligatoriedad de cumplir las especificidades técnicas de este tipo de transporte a los vehículos que únicamente operen en estas islas.

La ley establece controles a los vehículos frigoríficos. / Redacción Ruta del Transporte
Redacción Ruta del Transporte

12 de mayo 2023 - 15:06

El BOE publica este viernes la orden ministerial por la que amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 la exención de pasar las revisiones de frío a los vehículos de temperatura controlada que realicen sus operativos únicamente en Canarias.

El Ministerio de Industria firma esta orden que introduce un apartado en la ley del año 2.000 que establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones. El nuevo apartado explica que el transporte frigorífico canario deberá cumplir los controles isotérmicos a partir del día 31 de diciembre de 2024.

¿Qué controles deben tener los vehículos frigoríficos?

La ley del año 2.000 establece en su anejo 4 tres especificidades técnicas que deben cumplir los vehículos que realicen transporte de alimentos a temperatura controlada. Normas que en Canarias serán obligatorias a partir del 31 de diciembre de 2024. Son las siguientes

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