Transportes flexibiliza la norma del tacógrafo por las afecciones de la DANA, con efecto retroactivo, hasta el 17 de noviembre
El Gobierno ya había ampliado los tiempos máximos de conducción para los servicios realizados desde el día 29 de octubre hasta el 10 de noviembre. Ahora lo hace extensivo a la semana posterior.
El Ministerio de Transportes ha aprobado una flexibilización de la normativa de tiempos de conducción y descanso para los transportistas afectados por la DANA en Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha, con efecto retroactivo, hasta el pasado domingo, 17 de noviembre. El Gobierno ya había aprobado esta medida para los servicios del día 29 de octubre hasta el 10 de noviembre. Ahora lo hace extensivo a la semana posterior.
Esta flexibilización del tacógrafo se aplicará a las operaciones de transporte de mercancías desde cualquier parte del territorio nacional necesarias para realizar el suministro y abastecimiento en las zonas afectadas y a las operaciones de limpieza, desescombro y reconstrucción, según se ha publicado este martes en el Boletín Ofical del Estado (la resolución se puede consultar aquí).
Tal y como se lee en el BOE, las exenciones son las siguientes:
- Se sustituye el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de 11 horas.
- Se sustituye el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
- Se sustituye el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 102 horas.
- Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de nueve horas.
- Posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de 24 horas.
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