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Cantabria convoca ayudas para las asociaciones de transporte

El Gobierno cántabro destina para estas entidades 26.000 euros.

Redacción Ruta del Transporte

05 de abril 2022 - 17:12

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de este martes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de este martes. / Redacción Ruta del Transporte

La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria ha convocado las subvenciones destinadas a las asociaciones empresariales del sector del transporte de mercancías por carretera de Cantabria a las que ha destinado 26.000 euros, según informa Europa Press.

Las ayudas se concederán a empresas acreditadas ante el Comité Nacional del Transporte por Carretera

La convocatoria, que se plantea en régimen de concurrencia competitiva, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) el 4 de abril y tiene como objetivo potenciar el funcionamiento de estas asociaciones empresariales. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de este martes.

Los beneficiarios de las ayudas son las asociaciones empresariales de transporte público de mercancías por carretera, con domicilio fiscal en Cantabria y que hayan sido legalmente constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2022 y estén acreditadas ante el Comité Nacional del Transporte por Carretera.

Hasta el 40% de los gastos

La cuantía de la subvención podrá ser de hasta un 40% de los gastos corrientes subvencionables. El importe máximo de subvención por beneficiario será de 16.000 euros. En el caso de que los importes solicitados excedan del crédito disponible se atenderá a la prelación temporal de la solicitud hasta el agotamiento de la financiación.

Serán subvencionables los gastos corrientes ocasionados por el funcionamiento propio de las asociaciones producidos y abonados entre el 4 de septiembre de 2021 y el último día de plazo de la presentación de solicitudes.

Entre ellos se incluyen los referidos a arrendamientos, intereses financieros devengados por el alquiler o adquisición de oficinas que utilice la asociación; reparaciones, conservación y mantenimiento de los locales propios, suministros de electricidad, basura, agua y teléfono de los locales, cuota patronal abonada a la Seguridad Social correspondiente al personal que esté en plantilla de la asociación, gastos por servicios profesionales contratados a otras empresas, como limpieza, seguridad, asesoría y auditoría y cuotas pagadas a otras asociaciones de ámbito supraautonómico con un límite de 9.000 euros por beneficiario.

Las ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para el mismo fin procedente del Gobierno de Cantabria y sus organismos autónomos o de otras administraciones o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

No obstante, el importe total de las ayudas y subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste del proyecto o actividad subvencionada.

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