Nuevo escenario para el transporte internacional ligero desde el 22 de mayo
A partir de entonces será obligatorio tener una licencia comunitaria y el título de competencia profesional.
A partir del próximo 22 de mayo se endurecen las condiciones para el transporte ligero de menos de 3,5 toneladas que realice operaciones internacionales. Las furgonetas y camiones ligeros de 2,5 a 3,5 toneladas deberán de contar con licencia comunitaria para hacer transporte internacional en la Unión Europea a partir de entonces.
El Paquete Legislativo de Movilidad aprobado por la Unión Europea en 2020 introdujo estas modificaciones. Así, para conseguir la licencia comunitaria europea deberá cumplir el requisito de competencia profesional (bien a su nombre o bien contratando a un gestor) así como los relativos a establecimiento, honorabilidad y capacidad económica que se exigen en la actualidad a los vehículos de mayor tonelaje, aunque en el caso del requisito de capacidad económica se reducen los importes a justificar a 1800 euros para el primer vehículo y 900 euros para el segundo y siguientes. A partir de 2026, además, deberán llevar instalado aparato tacógrafo.
Fenadismer recuerda que para tramitar la licencia comunitaria, el transportista deberá presentar ante el Ministerio de Transportes una declaración responsable de que cumplen los requisitos de establecimiento, honorabilidad, capacidad financiera y competencia profesional, tras lo cual se les otorgará una licencia comunitaria con validez hasta el mes en que le corresponda realizar el visado de su autorización de transporte en 2023, momento en el que la Comunidad Autónoma comprobará el cumplimiento de dichos requisitos.
Novedades destacadas
Entrevista/Conversión Magro (Director general de DKV MOBILITY Y VAT SERVICES)
"Las tarjetas hoy se diferencian por su capacidad de integración"
También te puede interesar