Fenadismer pide al Gobierno que retrase la siguiente revisión de ITV
En principio, los conductores que retrasaron su última ITV por el estado de alarma deberán pasar la siguiente como si la anterior la hubieran realizado en la fecha que correspondía.
Fenadismer ha transmitido este martes la confusión que muchos conductores profesionales tienen con la fecha en la que deben pasar la siguiente revisión de la ITV de su vehículo. Muchos transportistas se beneficiaron durante el pasado año de la posibilidad de retrasar su última revisión debido al estado de alarma y el posterior colapso de los talleres. Ahora el Gobierno de España pretende que las siguientes revisiones se hagan conforme a la fecha límite que los conductores tenían que haber pasado la última ITV, algo que la patronal de transportistas considera "trampa".
Fenadismer, que cree que las próximas revisiones deberían pasarse contando desde la fecha en la que realmente se hizo, explica que los afectados tienen que tener en cuenta cuál de las dos normas extraordinarias aprobadas por el Ministerio de Industria es la aplicable a su vehículo:
-Vehículos que les vencía la ITV entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020: en este caso el Ministerio de Industria aprobó mediante Orden Ministerial un calendario de prórroga muy amplio para pasar la revisión. La norma establecía la “trampa” de que, al pasar la revisión, la estación ITV establecía como fecha de revisión no la del día de realización sino la fecha límite que correspondía pasar al vehículo la ITV durante el estado de alarma. Y es precisamente este “recorte injustificado” lo que el Tribunal Supremo dejó cautelarmente en suspenso, al considerar que no había razones de interés público que lo justificaran. El auto se encuentra actualmente en fase de conclusiones y la decisión definitiva se sabrá en las próximas semanas.
-Vehículos que les vencía la ITV entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020: aunque las estaciones ya se encontraban abiertas, el colapso y las aglomeraciones existentes obligaron al Ministerio de Industria a establecer mediante un Decreto-Ley una prórroga de hasta tres meses para pasar la revisión, pero una vez realizada, la fecha de la siguiente revisión se contará a partir del día en que debía haberla pasado y no desde el día en que se acudió a la ITV. Al tratarse de una norma con rango de ley no pudo ser recurrida ante los tribunales.
Para Fenadismer, el intento de que se tenga en cuenta una fecha de revisión anterior "claramente tiene como objetivo favorecer a las 400 estaciones de ITV que operan en España".
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