Hungría obliga a registrar las licencias electrónicas de las operaciones de transporte
A partir del 4 de febrero solo tendrán obligación de registrarse los transportistas que realicen operaciones de cabotaje.
Hungría obliga a registrar las licencias electrónicas cuando se vayan a hacer operaciones desde o hacia ese país. La medida, que entró en vigor el 1 de enero, se ha modificado posteriormente, por lo que a partir del 4 de febrero solo algunas operaciones de transporte tendrán que registrarse.
La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) informa de que antes del 1 de febrero será obligatorio el registro siempre que se vaya a realizar una operación internacional de transporte de mercancías con destino u origen Hungría, con un vehículos con una MMA superior a 3.5 toneladas. También tendrán que cumplir con este requisito cuando se realicen operaciones de cabotaje.
Sin embargo, a partir del 4 de febrero se exceptúa de tener que realizar este registro a las operaciones internacionales de transporte con destino u origen Hungría, siempre y cuando no realicen ninguna operación de cabotaje. El registro deberá realizarse en este enlace.
A partir del 1 de febrero, Hungría multará a quien no se registre. Las autoridades comprobarán en las inspecciones la exactitud y exhaustividad de los datos registrados y si falta información de registro o de cruce de fronteras. En caso de que sea así, los inspectores impondrán una multa al infractor, cuyo importe es igual al de la multa por transporte sin licencia e infracciones derivadas del uso de una licencia de transporte inadecuada, es decir, 2.238 euros.
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