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Las empresas de transporte podrán consultar los puntos de sus conductores sin su permiso

La DGT pondrá en marcha, antes de que acabe el año, esta nueva aplicación para comprobar 'online' la pérdida de puntos o suspensión del permiso de sus asalariados.

Redacción Ruta del Transporte

02 de marzo 2023 - 15:40

Las empresas podrán hacer esta consulta a través de la web de la DGT.
Las empresas podrán hacer esta consulta a través de la web de la DGT. / Redacción Ruta del Transporte

La Dirección General de Tráfico está trabajando en el desarrollo en una nueva aplicación de consulta online, a través de su web, para que las empresas y autónomos dedicados al transporte puedan conocer si un conductor profesional que trabaja para ellos ha perdido completamente los puntos de su permiso de conducir o bien se encuentra en situación de suspensión o pérdida por otros motivos judiciales o administrativos, según ha podido saber Fenadismer. Para esto, los empleadores no necesitarán tener ningún consentimiento del conductor afectado. Se prevé que la aplicación esté operativa antes de que acabe este año.

Fenadismer cree que esta medida contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera

En todo caso, la información solo se facilitará a la empresa respecto de los conductores que tenga en plantilla, lo que se comprobará por la aplicación a través de su cruce con la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Fenadismer considera muy positiva esta medida preventiva "ya que contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera, a la vez que eliminará la inseguridad jurídica a la que se enfrentan en la actualidad las empresas transportistas que no tienen manera de conocer en qué condiciones habilitantes se encuentran sus conductores".

Controles preventivos

Asimismo, tal y como también prevé la reforma de la Ley de Seguridad Vial, en 2024 se prevé que se apruebe el procedimiento legal que permita a las empresas de transporte realizar controles iniciales, periódicos, o aleatorios tanto de alcohol como de drogas y otras sustancias psicoactivas de sus conductores durante el ejercicio de su actividad profesional, según explica Fenadismer. Para la puesta en marcha de dicho procedimiento, la Ley prevé su consulta previa a las asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera.

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