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La Unión Europea quiere profesionalizar el transporte ligero

Desde mayo será obligatorio tener el título de transportista para operaciones internacionales con furgonetas de más de 2,5 toneladas.

Redacción Ruta del Transporte

18 de enero 2022 - 17:19

El tacógrafo será obligatorio en el transporte ligero internacional a partir de 2026.
El tacógrafo será obligatorio en el transporte ligero internacional a partir de 2026. / Redacción Ruta del Transporte

El Paquete de Movilidad que aprobó la Unión Europea en 2020 prevé profesionalizar la actividad del transporte ligero. Desde el 22 de mayo será obligatorio tener el título de competencia profesional, además del resto de requisitos exigidos en la actualidad al transporte pesado, para realizar transporte internacional con furgonetas de más de 2,5 toneladas. Y a partir de 2026, los transportistas de furgonetas tendrán que instalar tacógrafo para este tipo de operaciones.

Fenadismer recuerda que la accidentalidad en furgonetas en los últimos años se ha incrementado en más de un 40%

Asociaciones como Fenadismer se congratulan de esta medida, que va en la línea de profesionalizar el segmento de ligeros. La federación de transportista recuerda “los índices de siniestralidad vial que en los últimos años viene soportando el subsector del transporte ligero”. La accidentalidad en furgonetas en los últimos años se ha incrementado en más de un 40%, frente a sólo un 12% en los coches, lo que ha ocasionado casi un millar de fallecidos y más de 4.500 heridos graves en este segmento de vehículos de transporte, según la DGT.

Por ello, la normativa europea prevé que los vehículos de transporte ligeros que realicen transporte internacional deberán solicitar una licencia comunitaria de transporte. Para ello deberán cumplir los requisitos de competencia profesional, capacidad económica y honorabilidad que se exigen en la actualidad a los vehículos de mayor tonelaje, aunque en el caso del requisito de capacidad económica se reducen los importes a justificar a 1.800 euros para el primer vehículo y 900 euros para el segundo y siguientes.

Al tratarse de un Reglamento comunitario la nueva regulación será directamente exigible en todos los Estados miembros, pero exime de los requisitos a aquellos que lleven ejerciendo la actividad desde agosto de 2010.

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