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Sanciones por morosidad en el transporte: hasta 50.000 euros de multa

El Congreso de los Diputados endurece y aprueba el Proyecto de Ley presentado por el Gobierno en febrero.

Germán Ruiz

08 de junio 2021 - 17:45

Hasta ahora, la ley de morosidad no recogía sanciones para quien la incumpliera.
Hasta ahora, la ley de morosidad no recogía sanciones para quien la incumpliera. / Redacción Ruta del Transporte

Las empresas cargadoras morosas podrán ser sancionadas con hasta 50.000 euros en los casos más graves. Así lo ha aprobado el Congreso de los Diputados tras introducir varias enmiendas que endurecen la propuesta inicial que el Gobierno de España presentó a la Cámara baja en febrero.

Las multas serán de 6.001 a 18.000 euros para los reincidentes

La enmienda más importante de las introducidas es la pactada entre el PSOE y Unidas Podemos con Ciudadanos, que penaliza especialmente los casos de reincidencia. "Se sancionarán con multa de 6.001 a 18.000 euros las infracciones reseñadas en el apartado i) [de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres] cuando el responsable de las mismas ya hubiera sido sancionado, mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa, por la comisión de cualquier otra infracción muy grave de las previstas en esta ley en los 12 meses anteriores pudiendo ascender a 50.000 euros el importe de la multa cuando se trate de infracciones contenidas en el apartado 40 del artículo 140 y se considere que la conducta infractora se realice con el fin de propiciar un medio de financiación habitual y recurrente del infractor".

La ley, con estas enmiendas, ha sido aprobada por la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que llevaba desde febrero debatiéndola y no necesita ser aprobada por el Pleno del Congreso.

Recorrido de la ley

El Gobierno presentó en febrero el Proyecto de Ley para modificar la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de infracciones. El objetivo era poner sanciones cuando se incumplieran los plazos de pago a las empresas transportistas, ya que hasta ahora no había multas asociadas a esas infracciones. Penalizar esta práctica era una de las grandes reivindicaciones del sector del transporte por carretera.

En el Proyecto de Ley presentado en febrero se contemplaban sanciones de entre 401 y 6.000 euros para incumplimientos de los plazos máximos de pago legalmente establecidos. Con las enmiendas aprobadas, las multas pueden ser mucho mayores.

En el siguiente video, concretamente en el minuto 9 y 49 segundos, la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana decide, con competencia legislativa plena, sobre el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de infracciones para luchar contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera, en el que se integra el Proyecto de Ley en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor.

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