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Récord en la reducción de los plazos de pago a los transportistas: 62 días de media

La ley de morosidad marca un máximo de 60 días y, aunque todavía se sobrepasan, la media se ha reducido en más de 20 días desde que se aprobaron sanciones.

Publicado: 24/03/2025 ·16:41
Actualizado: 24/03/2025 · 16:41
  • Un 48% de los clientes del transporte se salta la ley de morosidad.

Es la primera vez que la media de los plazos de pago a los transportistas cae a 62 días, según el último observatorio sectorial de la morosidad de Fenadismer, con datos de febrero. A pesar de ser el dato más positivo, en el transporte todavía se sobrepasan en dos días el plazo máximo para pagar a los clientes que marca la ley –de 60 días–. Sin embargo, Fenadismer pone el foco en que, desde que se aprobaron sanciones para los cargadores e intermediarios que tardaban más tiempo en pagar a los transportistas, el plazo se ha reducido en más de 20 días. En diciembre de 2021 los clientes de los transportistas tardaban de media 83 días en pagar.

En febrero, las empresas cargadoras e intermediarias que han incumplido la legislación sobre morosidad, se han reducido hasta el 48%. Fenadismer destaca además que el 70% de los casos los excesos de plazo de pago fueron leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto hay todavía un 7% de empresas incumplidoras que aún pagan de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%.

Forma de pago

En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (72%), seguido del confirming (26%), el pagaré (1%) y el cheque (<1%).

En relación con lo anterior, Fenadismer ha tenido acceso al proyecto de decreto que tramita el Gobierno en el que se regulará la obligación de que los empresarios y profesionales realicen su facturación en formato electrónico, la cual entrará en vigor a partir de 2026. Así, entre las previsiones que recoge dicho reglamento, está la de que los clientes que reciban las facturas de sus proveedores estarán obligados a comunicar a la Agencia Tributaria su plazo de pago, lo que permitirá un mejor control de la legislación sobre morosidad.

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